¿Quieres renunciar?
Antes de firmar, leé esto.
Renunciar es un derecho. Pero si tu empleador te incumplió, renunciar puede costarte millones de pesos en indemnización que te corresponden.
⚠ Frená — esto puede ser autodespido, no renuncia
Si tu empleador hizo cualquiera de esto:
- • No te paga sueldos o te paga tarde.
- • No paga tus cotizaciones (AFP, salud, AFC).
- • Te acosa, te grita o permite que otros lo hagan.
- • Te cambia funciones o lugar de trabajo sin tu acuerdo.
- • Te puso en riesgo físico o moral.
Tenés derecho al Art. 171 CT (autodespido): cobrás indemnización por años de servicio + aviso previo + recargo del 50%. Plus eventualmente remuneraciones intermedias y tutela de derechos fundamentales.
Ver mis derechos por autodespido →¿Cuál es tu caso?
Elegí honesto. La diferencia económica puede ser de millones.
Mi empleador cumplió, simplemente quiero irme
Buscás otro trabajo, querés cambiar de rubro, decisión personal. Pagaron al día, sin acoso, sin incumplimientos.
Word/PDF · 2 min · sin tarjeta
Mi empleador NO cumplió — quiero lo que me corresponde
Sueldos impagos, cotizaciones impagas, acoso, cambios unilaterales, riesgo físico/moral. La ley te respalda.
Plazo legal: 3 días para enviar carta · 60 días para demandar
Carta lista en 2 minutos.
Si decidiste irte, hacelo bien.
Generá tu carta en 2 minutos. Word y PDF. Sin registro, sin tarjeta.
Generar mi carta de renuncia gratis →¿Aún tenés dudas? Preguntá al chat legal